12000 autónomos y empresas han solicitado las ayudas de recuperación valoradas en 855 millones de euros
El resultado en cifras indica que se han recibido 2776 solicitudes de la linia 1 correspondiente a la estimación por módulos, mayoritariamente autónomos y 9163 de la línea 2 correspondientes a la estimación directa, mayoritariamente de empresas.
Por Islas las solicitudes se distribuyen de la siguiente manera:
Mallorca;Total 8994; Línea 1 con 2182 y en la Línea 2 con 6812
Menorca; Tota l983; Línea 1 con 160 y en la Línea 2 con 823
Ibiza; Total 1735; Línea 1 con 371 y en la Línea 2 con 1364
Fornentera; Total 201; Línea 1 con 63 y en la Línea 2 con 138
Ayer acababa el plazo para la presentación de las ayudas para hacer frente a las pérdidas causadas por el Covid-19, para benefciarse de los fondos estatales de 855 millones de euros .Se ampliaron el número de CNAE que podían acceder a las mismas, quedando casi todos los CNAE accesibles a las mismas , a excepción del sector de entidades financieras y de seguros, y para actividades de los hogares.
Se prevé que los primeros pagos se inicien a finales del mes de julio.
.Las ayudas se han diseñado para que empresas y autónomos puedan mejorar su viabilidad y reducir deudas causadas por la COVID-19
El diseño de la convocatoria prevé cubrir costes que hayan supuesto una bajada superior al 30% del volumen de operaciones respecto a 2019, en dos líneas:
— Línea 1. Empresas o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva sobre la renta de las personas físicas (estimación por módulos). Hasta 3.000 €.
— Línea 2. Empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa sobre la renta de las personas físicas y empresarios que apliquen el impuesto sobre sociedades (de 4.000 € hasta 500.000 €).
Requisitos y obligaciones de esta tramitación compleja pasaron por estar incluidos en los más de 140 CNAE
De manera más específica, para los beneficiarios de la línea 2 se tendrá que acreditar más de un 30 % de bajada del volumen de facturación con relación a 2019 (exceptuando las empresas de nueva creación entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de marzo de 2020) y que la base imponible de 2019 fue positiva (exceptuando las empresas afectadas por la quiebra de Thomas Cook y las que han llevado a cabo fuertes inversiones durante el 2019).
Además, las empresas y los profesionales beneficiarios estarán obligados a mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta el 30 de junio de 2022, no podrán hacer un reparto de beneficios entre 2021 y 2022, ni podrán aplicar incrementos de retribución del personal de alta dirección en dos años.